¿Puede el Estado definir quién es artista?

¿Puede el Estado definir quién es artista?

Autor: José Ortiz Follow // Tiempo de lectura 9 min

Proyecto de Ley del Estatuto de la persona trabajadora de las Artes y la Cultura… 

Como alguien cercano a los protagonistas de la escena cultural, decidí tomarme el tiempo de leer a fondo el proyecto presentado por el ministro de Cultura, Jorge Rodríguez Vives, denominado Ley de Estatuto de la persona trabajadora de las Artes y la Cultura.

El texto parte de un diagnóstico que confirma algo evidente para cualquiera que habite este sector: una informalidad superior al 50%, una cobertura de seguridad social alarmantemente baja —más del 70% sin aseguramiento en algunas áreas— y una intermitencia estructural que define la práctica artística. Bajo esta premisa, el proyecto intenta algo que Costa Rica nunca ha logrado: convertir el trabajo artístico en una categoría laboral reconocida, dotada de un régimen propio.

En principio, la intención es no solo legítima, sino necesaria. Sin embargo, el texto parece caer en un problema recurrente en la tradición legislativa nacional: la aspiración de resolver demasiadas cosas en una sola ley, con el consecuente riesgo de producir un instrumento ambicioso en el papel, pero débil en su operatividad.

Vale la pena detenerse en uno de sus puntos más delicados: la definición de “persona artista”. Tal como está planteada, resulta ampliamente inclusiva: abarca desde autodidactas hasta personas sin relación laboral formal, pasando por quienes cuentan con “reconocimiento social” o incluso quienes simplemente soliciten dicho reconocimiento. Esta amplitud, que en apariencia democratiza el acceso, introduce un problema de fondo: la indeterminación.

¿Quién decide qué constituye “reconocimiento social”? ¿Bajo qué criterios se acepta o rechaza una solicitud? La ausencia de parámetros claros abre la puerta a la arbitrariedad administrativa y a posibles sesgos. Pero, más allá de lo jurídico, plantea un problema conceptual que el proyecto no resuelve: ¿se busca una inclusión total o la profesionalización del gremio?.

Registrarse para existir, al menos administrativamente: I Am Still Alive” es una serie conceptual creada por el artista japonés On Kawara entre 1970 y 2000. Consiste en telegramas enviados por el artista a amigos, curadores y galeristas con el mensaje lacónico I am still alive”. 

Como advierte Pierre Bourdieu, el campo cultural funciona mediante mecanismos de legitimación que, aunque a menudo invisibles, se anclan profundamente. Diluirlos sin sustituirlos por criterios sólidos no elimina la exclusión; simplemente la desplaza hacia formas menos transparentes. En la práctica, esto podría traducirse en un registro inflado y en la progresiva disolución del concepto mismo de trabajador cultural, con eventuales conflictos internos dentro del sector.

En cuanto al Registro Nacional, es innegable que constituye una herramienta potencialmente útil. No obstante, encierra una trampa estructural. Se define como voluntario, gratuito y no habilitante para ejercer; pero, simultáneamente, se vuelve requisito indispensable para contratar con el Estado. En un contexto donde buena parte del ingreso artístico depende de instituciones públicas —festivales, el Ministerio de Cultura y Juventud, municipalidades—, esta condición lo convierte, en la práctica, en un filtro obligatorio.

Aquí emerge una ambivalencia: el registro puede favorecer la profesionalización, pero también introducir un grado de burocratización que termine siendo excluyente. Como suele ocurrir, el intento de ordenar el campo puede derivar en su estrechamiento.

El régimen laboral propuesto insiste en condiciones básicas: contrato escrito, pago de cargas sociales y respeto de derechos. El problema es que estas garantías ya existen en el marco jurídico costarricense. La dificultad no es normativa, sino material. El sector opera, en gran medida, a través de proyectos pequeños, informales o autogestionados, donde muchos contratantes simplemente no tienen la capacidad económica para asumir dichas obligaciones. El riesgo es evidente: una ley que, en lugar de transformar la realidad, termine produciendo un incumplimiento generalizado.

Distinto es el caso del régimen tributario, que constituye uno de los puntos más sólidos del proyecto. La introducción de una tributación simplificada, la deducción de gastos reales y el reconocimiento de ingresos irregulares responden adecuadamente al principio de capacidad contributiva. En este aspecto, la ley se alinea con lo que UNESCO ha señalado desde hace décadas: la necesidad de adaptar los marcos fiscales y de seguridad social a la especificidad del trabajo artístico. Este componente podría tener un impacto real, especialmente en artistas visuales, creadores audiovisuales y gestores independientes.

The Artist is Present” es una obra de performance creada por Marina Abramović y presentada en 2010 en el Museum of Modern Art. ¿Qué diferencia a alguien sentado en un museo de alguien sentado en su casa? El sistema que lo reconoce.

La propuesta de un Consejo Interinstitucional apunta en la dirección correcta, pero carece de definición. Sus funciones son difusas y la participación del sector artístico no está garantizada —apenas se contempla la posibilidad de invitarlo—. Existe el riesgo de que se convierta en un órgano simbólico, sin incidencia efectiva en la formulación de políticas.

Por otro lado, la exención de patente y permiso sanitario constituye un acierto. Reconoce, de manera pragmática, que el arte no es una actividad comercial convencional y que imponerle requisitos diseñados para otras dinámicas productivas resulta desproporcionado. Esta medida podría facilitar significativamente la contratación pública, aunque no estará exenta de conflictos con los gobiernos locales.

Quizá uno de los problemas estructurales más serios del proyecto es su alta dependencia del reglamento. La reiterada remisión a futuras disposiciones del Poder Ejecutivo traslada decisiones sustantivas fuera del ámbito legislativo, debilitando la seguridad jurídica y abriendo la puerta a variaciones según coyunturas políticas.
En el fondo, el proyecto intenta intervenir un ecosistema particularmente complejo. El arte en Costa Rica se sostiene en un equilibrio inestable entre autogestión, dependencia estatal y un mercado insuficiente. Pretender ordenarlo mediante un único instrumento normativo es, cuando menos, una apuesta arriesgada.

Como señaló Theodor Adorno, “el arte no puede integrarse sin perder aquello que lo hace arte”. Esta advertencia no implica renunciar a su protección, pero sí obliga a pensar con cuidado los mecanismos mediante los cuales el Estado interviene en su configuración.

El proyecto, en suma, presenta un diagnóstico certero y avances significativos en materia de seguridad social y tributación. Sin embargo, presenta debilidades en su precisión jurídica y, sobre todo, en sus mecanismos de implementación.
Su destino parece bifurcarse con claridad: puede convertirse en un instrumento que dignifique el trabajo cultural o en un dispositivo burocrático que, bajo la promesa de inclusión, termine redefiniendo —y limitando— quién puede ser reconocido como artista.
Al final, la pregunta no es si el Estado puede regular el arte, sino si puede hacerlo sin desnaturalizarlo. Y en ese lugar de conflicto —entre reconocimiento y control— se juega no solo el futuro de esta ley, sino la forma misma en que una sociedad decide entender, valorar y sostener su vida cultural.

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Descarga el proyecto de ley AQUÍ

 

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